Ante la problemática planteada anteriormente, las
normas técnicas colombianas mas significativas requeridas para el diseño de
rampas y acceso a los servicios higiénicos específicamente en las duchas son:
El plato de ducha debe estar hecho en VTR
(vitrorresina) reforzada, con diseño especial y superficie antideslizamiento.
Es decir, en su diseño la inclinación deberá
ser aproximadamente de 1,5 cm. desde el borde al centro. Así, La pileta sifonada
especial, de perfil bajo, es de latón y como está soldada al plato, exige la
preparación externa del ataque del desagüe formado con tubo de conexión en
P.V.C. Entonces, El espesor total (8 cm.) permite su instalación a ras del
pavimento incluso en las rehabilitaciones sobre solera vieja. Por lo cual, el
borde del contorno, de 2 cm. permite una perfecta alineación con las baldosas
del pavimento. Como podemos observar en la figura , es el diseño ideal de ducha para personas
con capacidad motriz reducida en este
caso en silla de ruedas según el Decreto
Europeo Ley DPR 384 de fecha 24/10/ para acceso a servicios higiénicos.
Para
el diseño de rampas, según las normas jurídicas sobre la discapacidad en Colombia, para accesibilidad al medio físico, es decir, rampas fijas se
debe tener en cuenta que el ancho mínimo de las rampas debe ser de 0.9m de
longitud. Por lo cual, la inclinación de la rampa variaría según la longitud de
la rampa, es decir, que para una rampa de longitud entre 10 m y 15 m, debe
tener una inclinación del 6 %. Por el contrario, para una rampa de
longitud entre 3 m y 10m, la inclinación adecuada debe ser del 8%. Para una
rampa de longitud entre 1.5 m y 3m, la inclinación no debe ser superior al 10
%. Debido a que la longitud mínima de una rampa debe ser de 1.5 m con una
inclinación de 12 % para personas en silla
de ruedas, según las normas jurídicas sobre discapacidad en Colombia en
los artículos: articulo 8 “Para
acondicionamiento cerca a vías de
circulación vehicular” y articulo
9 “Para acondicionamiento de vías peatonales”.
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